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Información para los Asociados

Oficina Virtual

Con un simple trámite puede registrarse en nuestra oficina virtual, a los fines de poder acceder a travez del sitio,a todos sus datos, ver la factura de servicio en pantalla y si lo desea imprimirla.

Red Link

A los fines de simplificar y de hacer más accesible la forma de abonar la factura de servicios hemos aherido al sistema de Red Link, por el cual puede abonar en los cajeros de Red Link o desde su PC a travez de su home banking. En caso de realizar el pago a travez de esta red, no hace falta que informe el pago, ya que es la empresa recaudadora la que nos envia los socios que abonaron, lo que no ocurre cuando Ud.realiza un depósito, el cual ingresa al banco pero sin ningun dato de quien lo realizo, motivo por el cual solicitamos el comprobante para poder debitar su pago de la cuenta corriente.

LEY DE SEGURIDAD ELECTRICA N° 10281

Informamos a nuestros asociados que el Estado Provincial creó y promulgó la LEY DE SEGURIDAD ELÉCTRICA N° 10.281 con el fin de lograr una mayor seguridad en todo tipo de inmuebles que posean suministros de energía y salvaguardar así la vida de las personas y sus bienes.-
Los PRINCIPALES PUNTOS de ésta ley son:
1–FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA: 01-12-17.-
2–A partir de la puesta en vigencia, La Cooperativa no podrá realizar ninguna conexión eléctrica sin la presentación del Certificado emitido por un Instalador Electricista Habilitado por el ERSeP. Esta medida se aplica para conexiones de todo tipo ya sean DOMICILIARIAS, RURALES, COMERCIALES, INDUSTRIALES, PARQUES, CIRCOS Y EVENTOS TRANSITORIOS.-
3–TODO asociado que necesite una nueva conexión eléctrica, deberá previamente llamar a un Instalador Electricista Matriculado Habilitado por el ERSeP, cuyos nombres y datos están disponibles en la página del ERSeP o se puede obtener el listado en la Cooperativa. Es importante tener en cuenta que existen tres categorías de Electricistas Habilitados: I) Profesionales, Ingenieros matriculados que pueden certificar instalaciones hasta donde fije su incumbencia.
II) Técnicos matriculados en su respectivo Colegio, que podrán certificar instalaciones hasta donde fije su incumbencia. III) Idóneos: Que pueden certificar solo instalaciones hasta 10 KW de demanda de potencia.- 4 – Para una conexión en un LOTE BALDÍO (próximo a una nueva construcción) se deberá presentar el Certificado por Electricista Matriculado Habilitado por el ERSeP, certificando el pilar. Trascurrido el plazo de 1 año, se volverá a solicitar el Certificado de dicho pilar y si la obra no está terminada, se renovará el mismo por un año más.- En caso de ser una conexión provisoria la misma deberá ser certificada cada 1 año. 5– Los DOMICILIOS DE SOLICITANTE DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE NO ESTEN APTOS PARA HABITARSE podrán recurrir al ERSeP al Te. 800-888-6898 dónde se estudiará el caso y expedirá una resolución. La Cooperativa esperará recibir la resolución del ERSeP y en caso de ser apta procederá a ejecutar la conexión eléctrica solicitada.- 6 – Para todos los inmuebles que posean energía eléctrica en forma anterior a la aplicación de la nueva ley, no será de aplicación lo dispuesto en la ley, hasta tanto no se produzca un corte de energía con retiro de medidor.-

Bienvenido al Sitio Web de la Cooperativa

El Consejo de Administración de la Coop.de Electricidad y Servicios Públicos Anexos La Cruz Ltda., tratando de estar cada vez más cerca del socio, pone a su disposición este sitio web, para que ademas de estar informado de todas las actividades de la cooperativa, podra acceder con un simple trámite para poder ver sus datos, los servicios que tiene de alta, la cuenta corriente, los servicios que tiene adeudados y ver e imprimir si lo desea la factura de servicios. Como queremos que este sitio sea totalmente dinámico, necesitamos su aporte ya sea en sugerencias, contenido, críticas. Todo aporte será bienvenido en pos de brindar cada día un mejor servicio.